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Gobierno de Perú busca restringir aún más acceso a cannabis

Ministerio de Agricultura no reconoce que el cáñamo (cannabis no psicoactivo) sea sustancia no controlada, como lo establece la normativa vigente.

El Gobierno peruano promociona su política llamada “reactivación económica” ante la crisis provocada por el Covid-19. Sin embargo, esto parece solo aplicarse para algunos grupos y para algunos sectores económicos. En lo que respecta al sector relacionado a la planta cannabis sativa, en lugar de avanzar en el camino hacia un acceso real a “cannabis para uso medicinal” y de explotar los diversos usos del “cáñamo”, todo indica que el Poder Ejecutivo pretende sobre-regular este sector, a pesar del potencial agrícola del país y de la necesidad de empleos.


Treinta y tres meses después de promulgada la “Ley que regula el uso medicinal y terapéutico del Cannabis y sus derivados” (Ley Nº 30681), hasta el momento no se ha formalizado a ningún producto peruano hecho a base de “cannabis para uso medicinal”, aquellas flores “cuyo contenido de delta-9-tetrahidrocannabinol (THC) es igual o superior al 1% en peso seco”.

Además, debemos señalar que el Reglamento de la Ley Nº 30681 (Decreto Supremo Nº 005-2019-SA) denominó al “cannabis no psicoactivo” (con menos de 1% de THC) como “cáñamo” o “hemp”, y consideró que esta planta, sus partes y sus derivados son “sustancias no controladas, y por ende están excluidos del Reglamento de Estupefacientes, Psicotrópicos y otras Sustancias Sujetas a Fiscalización Sanitaria, aprobado con Decreto Supremo Nº 023-2001-SA”. Esto es lo que dice la normativa peruana sobre cannabis, pero parece que funcionarios del Gobierno la interpretan de manera restrictiva.


Cuando la mayoría de personas informadas sobre cannabis tenía claro que el “cáñamo” había sido declarado sustancia no controlada, este jueves, en un conversatorio organizado por la Asociación Peruana de Industrias de Cannabis (ASOPECANNA), el Director General de Políticas Agrarias del Ministerio de Agricultura y Riego (Minagri), Elvis García Torreblanca, no consideró esta normatividad y dijo que “el marco actual” no contempla “algún tipo de uso distinto a lo medicinal”, en referencia al potencial del cáñamo como suplemento alimenticio, cosmético o materia prima para las industrias textiles o de construcción. El funcionario del Minagri afirmó que la ley es “solo para fines medicinales”, que el ámbito industrial no está regulado, por lo que habría que “impulsar una nueva ley” para darle otros usos al "cannabis no psicoactivo".



Estas declaraciones del representante del Poder Ejecutivo fueron en respuesta al congresista Daniel Olivares (Partido Morado), quien preguntó cuándo se iba a poner en práctica la consideración del cáñamo como sustancia no controlada. ¿Qué más tiene que pasar para que se permita el libre uso y acceso a esta variedad de la planta? ¿Por qué no promover el emprendimiento en este sector a modo de reactivar la economía?

Este viernes, el congresista Olivares, en una transmisión en vivo en su cuenta de Instagram, volvió a hacer referencia a este tema. En base a la respuesta que le dio el Minagri, advirtió:

“El Reglamento tiene algunas trabas que no están permitiendo que los pacientes tengan la medicina como la necesitan, que es, en cualquier lado, rápidamente”.
“Parece que el Ejecutivo está haciendo un nuevo reglamento sin preguntarle a nadie, que parece ser mucho más restrictivo que el anterior. Esto quiere decir que se tengan que pasar por protocolos burocráticos, que va a hacer que las madres que preparaban la medicina para sus hijos van a tener aún más restricciones”.
“Lo que nos van contando es que están rehaciendo el reglamento de la ley de cannabis medicinal y lo están haciendo mucho más complicado para los pacientes y eso no lo podemos permitir”.

El congresista Olivares adelantó que va a consultar con las autoridades qué es lo que se está haciendo exactamente y pedir que se invite a pacientes y a diversas empresas.

“No se pueden hacer así las cosas entre funcionarios a puertas cerradas, hay que hacer que se transparente el proceso”, dijo.


Pero, ¿cuál es el problema con el cáñamo?, ¿de qué se está perdiendo el Perú al no ratificarla como sustancia no controlada? Debemos precisar que la denominación “cáñamo” es una distinción hecha por cuestiones de normativa, por lo que varía en cada país y se basa en la concentración de THC, la sustancia con efectos psicomiméticos. Por ejemplo, de acuerdo a la normativa vigente en Perú, “cáñamo” es aquella planta de cannabis con menos de 1% de THC. Por su parte, en España se denomina “cáñamo” a aquella planta con menos de 0,3% de THC.


Para un análisis basado en la experiencia en Europa y en nuestro país, pedimos la opinión de Ricardo Jiménez Fortmann, parte del grupo CBD Organic Production (España) y fundador del grupo Chakannabis (Holanda) y de la droguería Sunsplash Perú SAC. Desde España, Jiménez Fortmann, con experiencia en multinacionales del sector químico farmacéutico como Bayer, Rhône Poulenc, Rhodia, Mathiessen, Clariant entre otras, nos responde:


“Desde Europa, y seguro que también los empresarios e inversores de otros países, observamos con mucha preocupación el avance del afán prohibicionista que amenaza con sacar al Perú de los países que podrían sumarse y beneficiarse de la explosión del mercado del cannabis en todas sus versiones, sea para uso terapéutico y medicinal, como en textil, cosmético, construcción, alimentación, deporte y bienestar, e incluso turismo. Y se perderá la oportunidad de generar miles de puestos de trabajo y riqueza, así como el acceso de la población a una alternativa de vida ecológica y saludable.


Perú gracias a su clima y condiciones prometía y se ofrecía como un país atractivo y con una ley progresista y moderna, que iba a facilitar y garantizar el acceso del consumo de productos de CBD de venta libre y no controlada, así como permitir el cultivo personal e industrial, pero tras unos meses y en este último año aún más, con unos entes que no regulan, sino que frenan, traban y desaniman con su falta de conocimiento y disposición a cumplir las propias leyes del país, incluso desconociendo los acuerdos supranacionales (según la Comunidad Andina de Naciones el uso cosmético de cannabis está permitido) vimos que con la ley y el reglamento realmente solo se ha buscado satisfacer a la opinión pública, callar las demandas y exigencias de la población y de colectivos, asociaciones y permitir el acceso solo a unas cuantas y elegidas empresas al mercado terapéutico y medicinal.


Con unas normas restrictivas y con una visión de controlar desde el desconocimiento, no se beneficia a nadie y solamente se pondrá al Perú en la cola de los países con mejor calidad de vida por todos los aspectos que hoy en día brinda esta revolución verde y seguirá sentado sobre su ya tal nombrado banco de oro".


Este descontento de un sector empresarial también es compartido por pacientes que no tienen acceso garantizado ni seguro a una medicina natural, o a una alternativa de estilo de vida saludable y ecológica consumiendo productos de cáñamo. Actualmente, el único producto hecho a base de cannabis que se vende de manera formal/legal en Perú es un extracto hecho a base de cáñamo (menos de 1% de THC) importado de Estados Unidos. Solo está disponible un solo quimiotipo (5,5% de CBD) y se vende en una sola farmacia del país (San Miguel, Lima) sin que haya distribución a domicilio, a pesar que muchas personas la necesitaban en plena cuarentena por el Covid-19. Los registros sanitarios otorgados a grandes empresas que están importando también son solo para lo que, según normativa, es "cáñamo".


En este contexto, los abastecedores de cannabis para los que no pueden ir a comprar cáñamo a Digemid o los que necesitan "cannabis para uso medicinal" son micro y pequeños emprendedores que se encuentran en la informalidad, a pesar de que muchos han intentado obtener registros sanitarios y otros no están en capacidad de cumplir con las exigencias burocráticas de un Estado que parece solo considerar a multinacionales y grandes empresas. Como referencia podemos tomar en cuenta que son 60 marcas las que han estado participando en las últimas ediciones de "Feria Mari Jane", que se lleva a cabo en Lima.




Otra modalidad de acceso seguro a cannabis son las asociaciones de autocultivo, práctica permitida, ya que cultivar para el propio consumo no es delito, mucho menos si es con fines medicinales. Un antecedente a considerar es el caso de las madres de 'Buscando Esperanza', víctimas de la incautación de sus plantas de cannabis con las que preparaban la medicina para sus hijos e hijas. Ellas, un cultivador y un médico, fueron denunciados, pero se terminó archivando porque se comprobó que era con fines terapéuticos.


Sobre denominaciones: una sola planta, miles de variedades

A propósito de esta distinción entre "cannabis psicoactivo" y "cáñamo", debemos aclarar que la planta cannabis sativa tiene cientos de compuestos orgánicos con efectos terapéuticos. En los diversos países del mundo en los que está regulado su uso, se hace en función de la concentración de THC, sustancia con efectos terapéuticos comprobados para casos de dolor crónico, insomnio, esclerosis múltiple, así como en los tratamientos de personas con cáncer, VIH/Sida, entre otras patologías.


La otra sustancia más estudiada de la planta es el cannabidiol (CBD), compuesto con efectos anticonvulsivantes, ansiolíticos, antiinflamatorios, neuroprotectores y antioxidantes. Además, el CBD ha sido reconocido por la Organización Mundial de la Salud (OMS) como una sustancia que no tiene potencial de generar adicción y dependencia, no causa efectos dañinos significativos,por lo que no es un peligro para la salud pública.

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