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Presidente de Perú promulga ley que incluye a las asociaciones de cultivo de cannabis

Después de más de cinco años de lucha, las asociaciones de pacientes y madres cuidadoras dedicadas al cultivo de cannabis han sido incluidas en la reglamentación medicinal de esta planta ancestral.

[Foto: Presidencia Perú / Flickr]


Sin ninguna observación. Luego que el Congreso lo aprobara con los votos a favor de 100 parlamentarios y ninguno en contra, el presidente de la República, Francisco Sagasti, firmó y promulgó la Ley 31312, publicada hoy domingo 25 de julio del 2021 en el diario oficial El Peruano, con la que se incluye al cultivo asociativo de cannabis en la regulación medicinal.


Con ello, se termina por incluir a las asociaciones de pacientes y madres cuidadoras dedicadas al cultivo de cannabis que fueron criminalizadas con una injusta intervención policial y luego excluidas de la Ley 30681, que estableció que las licencias de cultivo se otorgarían exclusivamente a los laboratorios farmacéuticos. El caso emblemático y que motivó que Perú reconozca a la cannabis como planta medicinal fue el de la asociación 'Buscando Esperanza', en ese entonces conformada por Ana Álvarez, madre de Anthony, un joven diagnosticado con esclerosis tuberosa; el cultivador Luis Gavancho y el médico Juan Lock. Por la queja de una vecina que percibió el olor de los terpenos, en febrero del 2017, la Policía intervino el lugar donde ellos cultivaban cannabis y procesaban su resina para administrar esta medicina natural a decenas de pacientes, incluidos menores de edad con trastornos neurológicos.


Con la Ley 31312, publicada hoy 25 de julio del 2021, las asociaciones inscritas en la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (SUNARP) y conformadas por pacientes registrados en la web de la Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas (Digemid) podrán obtener la llamada "licencia para producción artesanal con cultivo asociativo".


Desde la publicación de esta norma, el Poder Ejecutivo tiene un plazo de 60 días calendario para consultar con la sociedad civil y publicar el Reglamento de esta norma. Recordemos que, lamentablemente, para publicar el Reglamento de la primera ley, el Estado peruano tuvo un retraso de 402 días, luego de que se vencieran restricciones que quería imponer el Ministerio de Salud (Minsa).



En julio del 2020, la Federación de Cannabis Medicinal (Fecame), presidida por el abogado Mario Ríos; la ONG "Cannabis Gotas de Esperanza", presidida por la usuaria medicinal Francesca Brivio y el Centro de Estudios del Cannabis de Perú, representado por el químico farmacéutico Pedro Wong, presentaron a congresistas de diversas bancadas su iniciativa para mejorar el acceso a cannabis. En octubre del 2020, se presentó el proyecto de ley N° 06532/2020-CR, cuya primera versión ponía un límite de 6 plantas de cannabis por cada paciente integrante de una asociación y dejaba pendiente a que el Reglamento de la ley le ponga más límites con la "cantidad máximas de plantas de cannabis cultivables por estas asociaciones". Además, buscaba regular el cultivo para el propio consumo (autocultivo), una actividad que no es delito en Perú, pero que es criminalizada por policías y fiscales.


Tras la difusión de esta primera versión del proyecto de ley, las representantes de las asociaciones de cultivo, Ana Álvarez (Buscando Esperanza Perú) y Ayde Farfán (Mi esperanza brota de la tierra), asesoradas por los abogados Leonardo Latinez y Pedro Vera, se reunieron con los congresistas y les explicaron que no se podía poner límite de plantas, ya que no hay dosis estándar y las necesidades de cada paciente son distintas, por lo que no es posible determinar un máximo de plantas para un cultivo con fines medicinales. Por su parte, los ministerios del Interior, Agricultura y Justicia coincidieron en que no resultaba viable regular el autocultivo.


Finalmente, el 14 de junio, la Comisión de Defensa Nacional del Congreso aprobó un nuevo texto sustitutorio del dictamen, que no le puso número límite de plantas al cultivo asociativo ni hizo referencia al autocultivo. Lo aprobado por el Poder Legislativo y el Poder Ejecutivo es la inclusión de artículos acerca de la producción artesanal y la licencia del cultivo asociativo en la ley que regula la cannabis de uso medicinal.

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