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Todo cambio debe ser para mejorar el acceso de pacientes a medicina cannábica

Representantes de las asociaciones de producción artesanal entregaron sus observaciones y propuestas para un mejor Reglamento de cannabis para uso medicinal, a cinco años de la primera ley.


Una oportunidad de cambio. Luego de cinco años desde que Perú reconoció que cannabis es medicina, con la promulgación de la Ley de Producción Artesanal con Cultivo Asociativo (Ley 31312) en el 2021, se abrieron las puertas para que las autoridades consideren el problema público del acceso limitado que sufren miles de pacientes con enfermedades crónicas y usuarios de cannabis.


Según información del Ministerio de Salud (Minsa) correspondiente a julio del 2022, actualmente en Perú, la cannabis es usada por pacientes con diversos tipos de: ansiedad, artritis, artrosis, cáncer (quimioterapia), diabetes, dolor crónico neuropático, dolor agudo, anorexia, epilepsia, parkinson, esclerosis múltiple, entre otras enfermedas crónicas. En el 2017, para sustentar la ley que reconoció que cannabis es medicina (Ley 30681), el Centro de Estudios del Cannabis de Perú (CEC Perú) estimó, en base a estudios de prevalencia, que la planta medicinal podría beneficiar a cerca de 7 millones de personas en todo el país. Sin embargo, hasta la fecha, solo 30,000 pacientes usuarios de cannabis se han registrado en la web del Minsa (RENPUC) y el 70% de estos accede por vías no reguladas.


Por ello, las asociaciones de pacientes y cultivadores no han dejado de trabajar por la salud en los últimos cinco años, en los que estuvieron excluidos por la Ley 30681. Además, ante la urgencia por la situación de riesgo en la que se encuentran, debido a la criminalización ejercida por la Policía, han enviado sus observaciones y su propuesta de nuevo Reglamento de cannabis para uso medicinal, tomando en cuenta todas las limitaciones sufridas en los últimos tres años en los que varios puntos del primer Reglamento (Decretó Supremo Nº 005-2019-SA) han sido "letra muerta" por una redacción imprecisa y artículos contradictorios.



De igual manera, compartimos las observaciones enviadas al Minsa por la Federación de Cannabis Medicinal (Fecame) y el laboratorio Cann Farm Perú SAC. Todas las observaciones incluidas en este post coinciden en que no vale retroceder: que se haga efectiva la exclusión de la planta medicinal del Reglamento de Estupefacientes, que se respete el derecho de los pacientes a usar todas las vías de administración (la planta completa, no solo derivados) y que se simplifiquen las recetas médicas (solo para delta-9-THC) para facilitar el acceso a los pacientes usuarios de cannabis.


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