top of page

Midagri confirma que no controla semillas para el consumo propio de cannabis

En dos reuniones con asociaciones de pacientes y cultivadores, el Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego (Midagri) se comprometió a respetar las plantas con las que se ha venido produciendo medicina cannábica en los últimos años. Queda pendiente facilitar el acceso a semillas a las nuevas asociaciones que quieran empezar a cultivar.


Ante el vacío que hay en el nuevo Reglamento de cannabis para uso mediicnal y los reclamos de las asociaciones de pacientes y cultivadores, en dos reuniones, el Ministerio de Desarrollo Agraria y Riego (Midagri) confirmó que no tiene control sobre las semillas de cannabis usadas para el consumo propio.


En una primera reunión con representantes de las asociaciones 'Ámbar', 'Buscando Esperanza', 'El Jardín de María José' y 'Cultivando Vida' (Federación Planta Madre), la ingeniera Brenda Castro, de la Dirección General de Desarrollo Agrícola y Agroecología, se comprometió a respetar las plantas de las asociaciones, ya que estas son para el consumo propio (solo para los integrantes de la asociación). En dicho encuentro virtual, que se llevó a cabo el miércoles 8 de marzo, los cultivadores resaltaron el trabajo de años que vienen haciendo para encontrar las variedades más adecuadas para pacientes.


En una segunda reunión, convocada por la Comisión de Salud del Congreso, y llevada a cabo en el local del Colegio Químico Farmacéutico del Perú, Castro señaló que la Dirección General de Desarrollo Agrícola y Agroecología tiene la responsabilidad de acompañar a las asociaciones de pacientes y cultivadores en la autorización del Plan de Producción Agrícola. En ese sentido, hizo referencia al Artículo 23 que da un plazo de 10 días a Midagri para que opine sobre los planes de las asociaciones.

"Ese es el acompañamiento de nosotros y estamos con la predisposición y la agilidad que necesitamos y si en estos anexos se tienen que simplificar para una actividad como el cultivo asociativo, lo haremos y vamos a hacer y dar todo de nosotros para hacerlo más ágil y darles la posibilidad a quienes lo necesiten", señaló la representante del Midagri en una Mesa de Trabajo realizada el viernes 10 de marzo.

Por su parte, la representante del Servicio Nacional de Sanidad Agraria del Perú (Senasa) explicó que las semillas solo se regulan cuando estas se van a comercializar.

"Nosotros tenemos un marco normativo de semillas, que está bajo la Ley 27262. Dentro de estos reglamentos específicos, no tenemos un reglamento para cannabis. Tenemos reglamentos específicos para producción, comercialización, certificación de semillas de cereales, avena, trigo, cebada, arroz, maíz y una serie de especies, pero no tenemos uno para cannabis. Entonces, cuando surgió este Reglamento, nosotros quisimos, y siempre dejamos bien claro que la normativa de semillas se trata de tener mapeado todo lo que corresponde a la producción de semillas con fines de comercialización, no con fines de uso propio. Eso no controlamos, no está regulado", dijo la representante del Senasa.

La funcionaria hizo referencia a los artículos 12 y 14, que le dan la exclusividad de la importación y comercialización de semillas de cannabis a la industria farmacéutica.

"Si, por ejemplo, las farmacéuticas van a tener la posibilidad de producir semillas y van a poder comercializar esas semillas, tendrían que tener también que regirse por la reglamentación con la normativa de semillas. Por eso es que el nuevo Reglamento nos da, en una disposición, la responsabilidad de, en 180 días calendario, elaborar un Reglamento para producción y comercialización de semillas de cannabis. Pero nosotros no vamos a regular el uso propio", señaló.
"Cuando las asociaciones utilizan semilla que ellos tienen y de la semilla que ellos tengan producen semilla para ellos mismos no va a haber ningún problema dentro de la normativa de semillas", agregó.

La representante del Senasa precisó que otra sería la situación si se va a vender a un tercero y para otros fines que no sean medicinales o terapéuticos.


Sobre el acceso restringido que tendrían las nuevas asociaciones que quieran comprar semillas considerando que solo hay una empresa que podría hacerlo actualmente, señaló que la cannabis "es una especie tan sensible que no podemos hablar de una comercialización tan libre".

"Entonces, si las farmacéuticas van a hacerlo, porque tienen la posibilidad, y van a vender a un tercero, tienen que estar enmarcados en la normativa de semillas, pero los pacientes de las asociaciones que tiene ese material para uso propio no tendría por qué estar sujeto a que tengan que hacer algo en específico, pueden utilizar y no están obligadas a comprarle semillas a otro para poder o dejar de tener todo lo que ustedes ya han avanzado dentro de su producción. Solamente es para aquellos que se van a dedicar a vender a terceros y que también el Reglamento lo ha cerrado porque no es para que le vendas a cualquiera", aclaró.

En el caso de las plantas con las que ya cultivan y producen las asociaciones, incluso desde antes de la primera ley que los excluyó (2017), la representante del Senasa señaló que el nuevo Reglamento contempla los registros físicos cuando ya hay cultivares, que están en los locales de las asociaciones.

"Probablemente cuando hagamos el Reglamento vamos a estipular algún procedimiento para recoger esa información de esos cultivares que ya están presentes y tener mapeados aquellos que van a tener ese tipo de producción para autoconsumo y que no tenemos nosotros que entrar a regular. Eso es lo que quería dejar en claro", adelantó.

La funcionaria resaltó que tendrá el reto de elaborar un reglamento específico para semillas de cannabis, por lo que pidió la colaboración de todos los actores, incluidos los que cultivan para el consumo propio porque "habrá que poner en el Reglamento esa exoneración de tales requisitos y tales cosas para aquellos que están registrados como asociaciones de pacientes". En ese sentido, hizo un llamado a hacer un esfuerzo conjunto para que la regulación sea lo menos tediosa para los pacientes.

"Tenemos toda la disposición, vamos a molestarlos, vamos a tocarles la puerta porque hay muchas cosas que desconocemos. No todos somos expertos en la especie. Soy ingeniera agrónoma, pero jamás he visto cannabis, puedo haber visto mil especies, pero no hemos visto cannabis. Nosotros estamos a cargo de la normativa, si no conocemos la realidad, si no conocemos a través de ustedes las cosas, vamos a plantear algo que no se va a poder aplicar, es lo que no queremos. Que no salga todo y después cuando ya está aprobado nos damos cuenta que no se va a poder aplicar", dijo.
"En el sentido del Reglamento como está ahora dejo clara la situación del uso propio, no se entra a regular cuando se produce semilla. Es como decir que yo quiera regular el cultivo de tomates en casa, eso no entra en mi intención de comercio, no se va a hacer un negocio o vender, eso se llama uso propio, cuando lo siembro para un beneficio, que en este caso es la salud y la obtención, que no lo voy a comercializar con terceros, que no estén identificados y que tengan el mismo objetivo", reiteró.

Consultada sobre si va a invitar a las asociaciones de cultivo para la normativa específica sobre semillas de cannabis, la representante del Senasa adelantó que se van a llevar a cabo talleres con los actores involucrados para poder nutrir la regulación de los conocimientos y experiencias.


Por su parte, Jorge Alcántara Delgado, Director de la Subdirección de Regulación de la Innovación Agraria (INIA), recordó que cuando se publicó el primer Reglamendo (2019) el Midagrno no tenía conocimiento sobre el cultivo de cannabis ni tenía claro los procedimientos para las licencias.


Sobre el nuevo Reglamento, anunció que el INIA está trabajando en actualizar su directiva para "otorgar licencias que sean flexibles, rápidas, ágiles y amigables con el solicitante".


El representante del INIA resaltó que la investigación con cannabis será muy importante porque se generará conocimiento con base sólida, científica para "identificar cultivares, variedades, cepas o razas en función de establecer cuáles son los parámetros más precisos que permitan obtener ya sea una mejor eficiencia o eficacia de estos materiales genéticos". Señaló que esto permitiría conocer cómo se adaptan las diversas variedades a las diferentes regiones del Perú, así como identificar su productividad y rendimiento en función de la cuantificación de los cannabinoides.

"Consideramos que la norma es innovadora, ya que generaría conocimiento. Hay diferentes protocolos internacionales que nos permitirán evaluar los manejos culturales en materia de investigación en cannabis, tenemos directivas específicas para identificar descriptores de expresión genética del material que sería evaluado, es parte de nuestra directiva y será parte del futuro reglamento", señaló.
"Si bien hay temas complicados que escapan dentro del ámbito del INIA, decirles que como institución estamos dispuestos a apoyar en lo que sea necesario para facilitar el acceso principalmente a los que requieren de este material y sobre todo a los que requieren generar conocimiento para luego plasmarlos en nuevas variedades o cultivares que representen eficacias y eficiencias de alto rendimiento para el material genético que pudiera ser liberado y posteriormente comercializado dentro del país", agregó Alcantara.

En esta reunión, convocada por la Comisión de Salud del Congreso, los representantes del Ejecutivo se comprometieron a continuar reuniéndose con representantes de asociaciones cannábicas y a hacer las correcciones necesarias a favor del cultivo asociativo.


El pasado 24 de febrero, ante el incumplimiento del Estado de reglamentar la Producción Artesanal con Cultivo Asociativo, cuya normativa debió publicarse en setiembre del 2021, las asociaciones de cultivo enviaron una carta al Midagri solicitando una reunión para "avanzar con los procedimientos", vinculados al Plan de Producción Agrícola y la Fuente Semillera, y que estos sean "accesibles para todos los tipos de asociaciones".


Sin diálogo previo, el 28 de febrero, el Ejecutivo publicó el Reglamento (Decreto Supremo N° 004-2023-SA); sin embargo, este no decía nada sobre las semillas y plantas de cannabis que se vienen cultivando en el país desde hace más de seis años. Esto provocó la protesta de las asociaciones, ya que en el proyecto prepublicado se ordenaba al Midagri aprobar "los criterios para la evaluación y registro de la Fuente Semillera que permita a las asociaciones la inscripción de sus ecotipos o variedades de cannabis preexistentes en el territorio nacional".


Las asociaciones esperaban esta aclaración del Midagri, ya que en mayo del 2021, en una opinión enviada al Congreso y publicada en el dictamen de cultivo asociativo, Senasa señaló que no controlaba las semillas de cannabis para el consumo propio.


Desde setiembre del 2021 hasta un día antes de la publicación del Reglamento, el 27 de febrero pasado, las asociaciones de pacientes y cultivadores, han estado presentado sus observaciones y propuestas ante el Ministerio de Salud (Minsa), Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas (DIGEMID), el Instituto Nacional de Salud (INS), Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego (Midagri) y Ministerio del Interior (Mininter) a través de cartas y en reuniones.

bottom of page