top of page

Policía detiene a pacientes de asociación cannábica registrada

A pesar de que hace más de un año el Perú reconoció el derecho a la producción artesanal con cultivo asociativo de cannabis para uso medicinal, la Policía detuvo a dos pacientes de una asociación inscrita en Registros Públicos. Esta criminalización ocurre mientras no hay Reglamento de la Ley 31312, a cargo del Ministerio de Salud.


Pasó lo que se temía. Este 5 de agosto, al mediodía, dos pacientes usuarias de cannabis, integrantes de la asociación 'El Jardín de María José', fueron detenidas por el hecho de encontrarse en el local de la asociación, de donde la Policía Nacional del Perú (PNP) se llevó flores, resinas y ungüentos de cannabis para uso medicinal destinadas a los más de 20 pacientes asociados.


Como ocurrió hace más de cinco años con 'Buscando Esperanza', nuevamente la PNP intervino en una vivienda familiar sin ninguna orden judicial, solo bajo la acusación de poseer cannabis, a pesar de que el Código Penal no tipifica a la posesión ni al cultivo para el propio consumo como delitos. Este viernes, la PNP irrumpió en el departamento ubicado en la cuadra 3 de la avenida Arica en el distrito de San Miguel y detuvo a la vicepresidenta de la asociación 'El Jardín de María José' y su hija, ambas pacientes con enfermedades crónicas, como dolor crónico y epilepsia.


Sergio Castañeda, cultivador y presidente de dicha asociación, señaló que no solo han sido violadas las libertades de sus familiares, sino también el derecho a la salud de los pacientes asociados. Precisó que la PNP se ha llevado una carpa con 4 plantas y sus clones, 130 gramos de flores y más de 300 gramos de resinas de tres variedades distintas para la producción artesanal de cannabinoides ácidos (no psicotrópicos), delta-9-tetrahidrocannabinol (THC), cannabidiol (CBD), cannabinol (CBN) y tetrahidrocannabivarina (THCV).


Por su parte, Gerardo Quispitupa, médico que atiende a los asociados precisó que son más de 20 pacientes los que se estarían quedando sin medicina por esta intervención policial. Mencionó que, entre los afectadas, están personas con dolor crónico, cáncer, artrosis y trastornos neurológicos.


Hasta el cierre de esta nota, las dos pacientes, una con epilepsia y otra con dolor crónico y ansiedad, siguen detenidas en la DEPINCRI San Miguel.


Cabe resaltar que todos los pacientes de la asociación 'El Jardín de María José' cuentan con receta médica y están inscritos en el Registro Nacional de Pacientes Usuarios de Cannabis (RENPUC), como indica la Ley 31312, que reconoció la legalidad de la Producción Artesanal con Cultivo Asociativo.


Por inoperancia del Estado

En julio del 2021, se promulgó, sin observaciones, la Ley 31312 sobre Producción Artesanal con Cultivo Asociativo. Dicha norma estableció que los miembros de las asociaciones de cultivo deben estar inscritos en el RENPUC. Sin embargo, esta ley aún no puede ser implementada porque el Ministerio de Salud (Minsa) no publica su Reglamento.


Según la ley, "el proceso de publicación del proyecto de reglamento, consulta y publicación del reglamento no debe exceder el plazo de sesenta días calendario, contados a partir de la publicación de la ley en el diario oficial El Peruano". Es decir, el Reglamento de la Producción Artesanal con Cultivo Asociativo debió publicarse en setiembre del 2021.


La última consulta del Minsa con las asociaciones de cultivo fue en noviembre del 2021 durante la gestión del exministro Hernando Cevallos. El actual ministro de Salud, Jorge López Peña, aún no responde una carta que las asociaciones de cultivo le enviaron en mayo pasado.


El próximo 15 de agosto se vence el plazo para que las asociaciones envíen sus observaciones al proyecto de Reglamento. Entre las principales observaciones, está que el proyecto elaborado por la Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas (DIGEMID) es discriminatorio porque establece como causal de cancelación de licencia el hecho de que “se detecte que el representante legal y las personas vinculadas con la seguridad y manipulación del cannabis y sus derivados cuenten con antecedentes policiales, penales y judiciales por delito de tráfico ilícito de drogas y conexos" (Artículos 6, 10, 14, 15 y 22).


Esto desconoce la realidad de que muchos familiares de pacientes y cultivadores cuentan con antecedentes policiales, ya que la cannabis (marihuana) sigue incluida en la Política Nacional Contra las Drogas de DEVIDA y es calificada como una "droga ilegal" por los funcionarios públicos. Además, a pesar de que la evidencia científica indica que es una planta medicinal segura, que no es especialmente susceptible de uso indebido, no produce efectos nocivos y su consumo no conlleva riesgo de muerte, la DIGEMID mantiene a la cannabis en una lista de sustancias peligrosas. Esto va en contra de los objetivos de las leyes 30681 y 31312, que buscan garantizar un acceso seguro e informado a cannabis para uso medicinal, y contradicen a la reglamentación del 2019, en la que se excluyó a la comercialización nacional de cannabis del Reglamento de Estupefacientes.


Las personas interesadas en mejorar el proyecto de nuevo Reglamento, que incluye a la Producción Artesanal con Cultivo Asociativo, pueden enviar sus observaciones al siguiente correo: webmaster@minsa.gob.pe

bottom of page